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Extranjeros podrían comprar vivienda en playas y fronteras

Los diputados aprobaron la adquisición de patrimonios en la denominada zona restringida, fronteras y playas.
mié 24 abril 2013 12:07 PM
Playas_extranjeros
Playas_extranjeros - (Foto: Tomado de Getty Image)

La Cámara de Diputados aprobó con 365 votos a favor, 119 en contra y dos abstenciones cambios al artículo 27 de la Constitución Política, para permitir a los extranjeros la adquisición de tierras con uso exclusivo de vivienda y sin fines comerciales en una faja de 100 kilómetros a lo largo de las fronteras y de 50 km en las playas.

Los Tratados Internacionales y la inclusión de México como integrante de Organismos Internacionales, así como del Consejo de Seguridad de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), entre otros, dan al país la garantía legal y política en el ámbito del derecho internacional público "de que la inversión extranjera en la zona referida no representará un riesgo", cita un comunicado de la Cámara de Diputados.

La Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), mediante un Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 30 de abril de 1971, fue autorizada para conceder a las instituciones nacionales de crédito permisos para adquirir como fiduciarias el dominio de bienes inmuebles destinados a la realización de actividades industriales o turísticas en fronteras y costas.

"Es necesario actualizar a la realidad social el texto de la Constitución, debido a que han sido superadas las circunstancias históricas que llevaron al Poder Constituyente a limitar que los extranjeros adquieran tierras y aguas en las fronteras y playas", dijo Julio César Moreno Rivera (PRD), diputado del Partido de la Revolución Democrática (PRD) y presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales.

En el dictamen, se indica que de acuerdo con la SRE, del 2000 al 2012 fueron autorizados 48,559 permisos para constituir fideicomisos en zona restringida.

La razón de ser de la zona prohibida es sólo histórica y, en consecuencia, la prohibición que la afecta ha dejado de tener vigencia y contenido práctico, cita Moreno Rivera.  

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"El Estado seguirá otorgando el dominio a extranjeros sobre tierras, aguas y sus accesorios, siempre y cuando convengan ante la Secretaría de Relaciones Exteriores en considerarse como nacionales, respecto de tales bienes y se comprometan a no invocar por lo que hace a estos la protección de sus gobiernos, pues en caso contrario perderán en beneficio de la nación", agregó.

Puntualizó que en las disposiciones transitorias se plantea que la ley establecerá los procedimientos en que un extranjero pierda en beneficio de la nación los bienes que hubiese adquirido en caso de que las tierras sean destinadas a un uso diferente a la vivienda, con el propósito de que exista una sanción en caso de contravenir el uso que el extranjero le otorgue al inmueble. 

Ahora falta que el Senado ratifique los cambios.

Fuente: Cámara de Diputados 

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Vivienda

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