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La CDMX, una ciudad vanguardista... con normas añejas

OPINIÓN: La ciudad se ha comprometido como una 'capital sustentable', pero las regulaciones para procurar la seguridad física de sus habitantes y visitantes aún no son de primer mundo.
lun 13 marzo 2017 02:18 PM
530_Franco
530_Franco - (Foto: Especial)

Nota del editor: Esta columna se publicó originalmente en la  edición 530 de la revista Obras , 'Camino incierto: Programa nacional de infraestructura', correspondiente a febrero de 2017. 

(CIUDAD DE MÉXICO) – La actualización del Reglamento de Construcciones del Distrito Federal (RCDF), publicada en junio de 2016, establece en su Artículo 5º Transitorio que la Secretaría de Obras y Servicios expedirá las Normas Técnicas Complementarias (NTC) dentro de los 120 días hábiles siguientes a la fecha de su publicación, es decir, a más tardar el 17 de diciembre pasado, lo que no ha ocurrido hasta el cierre de edición.

Así, las normas vigentes –aunque publicadas en 2004– fueron elaboradas en 1999 y tienen una antigüedad de 16 años, tiempo en que los productos, las técnicas y las tecnologías para la edificación han tenido importantes avances.

OPINIÓN: La capacitación para los responsables de obra 

Además, existen nuevas obligaciones en la reforma del RCDF que no pueden ser atendidas adecuadamente porque para su aplicación se requieren las nuevas NTC.

Por ejemplo, en el reglamento se establece la obligatoriedad para determinadas edificaciones de incorporar un sistema de calentamiento de agua por medio del aprovechamiento de la energía solar, cuyo cálculo está referido al capítulo VI de la nueva NTC para el Proyecto Arquitectónico.

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OPINIÓN: Sin municipalización no hay impuesto predial

No contar con tal información se presta a corruptelas o para retrasar o negar Manifestaciones de Construcción que se encuentren en estas circunstancias.

Ahora el RCDF otorga para edificios calificados como de Riesgo Bajo la posibilidad de incrementar en 50% la distancia máxima requerida para su desalojo, para lo cual debe contar con dispositivos para prevenir y combatir incendios para inmuebles de Riesgo Alto contenidos en las NTC; cabe mencionar que tales dispositivos no están acordes con las nuevas tecnologías.

OPINIÓN: Regulación necesaria ante el crecimiento desmesurado de las ciudades

Es inaplazable que las nuevas NTC establezcan parámetros medibles a los diseñadores de estructuras y de instalaciones, así como a los Corresponsables en Seguridad Estructural y en Instalaciones para incorporar y vigilar lo correspondiente a la protección o recubrimientos para las columnas, entrepisos (como la losacero) y techos, así como la inclusión de nuevos productos y sistemas para el combate y la previsión de incendios.

Esta ausencia ha permitido que los elementos soportantes de edificios clasificados como de riesgo alto no estén protegidos contra el fuego, con el argumento nefasto por parte de algunos estructuristas de que esa obligación es para los arquitectos, ya que tales disposiciones se encuentran únicamente en la NTC aplicable al Proyecto Arquitectónico.

OPINIÓN: Cobertura de calidad para las viviendas, ¿estrategia de calidad?

Lo que confirma la falta de conocimiento en materia de diseño, dispositivos y recubrimientos para prevenir y combatir los incendios en los edificios de cualquier tipo, así como la negativa de los constructores, con la complacencia de DRO, de incluir en sus cotizaciones estas previsiones con el argumento inmoral de que son costosos.

La CDMX se ha comprometido como una "capital social, segura, sustentable, efectiva y en desarrollo", sin embargo, las regulaciones para procurar la seguridad física de sus habitantes y visitantes aún no son de primer mundo.

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* Arquitecto, perito, DRO, consultor en normas, regulaciones y capacitación para la construcción. Director de CORPICO.

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