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Profepa clausura empresa metal mecánica por irregularidades en Lerma

El Programa de Inspección y Vigilancia Industrial de la Profepa tiene como objetivo prevenir y controlar la contaminación ambiental que puedan generar las actividades industriales, para así evitar el deterioro del entorno.
lun 25 agosto 2014 09:44 AM
Tiras de Metal
Tiras de Metal - (Foto: Getty Images )

La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) clausuró una empresa metal mecánica en el municipio de Lerma, Estado de México, debido a irregularidades, así como el mal manejo de residuos peligrosos.

En un comunicado, la dependencia informó que lo anterior se deriva del Programa Anual de Visitas de Inspección en materia industrial que lleva a cabo y que permitió la detección de diversas irregularidades.

Los inspectores encontraron que esa compañía no contaba con la actualización de la Licencia Ambiental Única (LAU) por aumento de producción.

Además incumplieron las condicionantes de ésta al no presentar su categorización como empresa generadora de residuos peligrosos ni contaban con los registros de la generación de estos en su bitácora.

La empresa no presentó las Cédulas de Operación Anual de 2008 a 2012, mientras que las chimenetas de las casetas de pintura y del área de recubrimiento electrólitico no contaban con plataformas, puertos de muestreo ni estudio de emisiones.

La LAU, expuso, debe presentarse cuando se trata de fuentes fijas de jurisdicción federal en atmósfera, como las industrias química, petróleo y petroquímica, pinturas y tintas, automotríz, celulosa y papel, metalúrgica, vidrio, generación de energía eléctrica, asbesto, cementera y calera y tratamiento de residuos peligrosos.

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La Profepa detalló que las fuentes fijas de jurisdicción federal que tienen una LAU deben actualizarse cuando cambien sus procesos industriales, incrementen la producción anual y/o cambien su razón social.

Por otra parte, la Profepa explicó que la Cédula de Operación Anual es el instrumento de reporte y recompilación de información de emisiones y transferencia de contaminantes al aire, agua, suelo y subsuelo, materiales y residuos peligrosos.

Recordó que de acuerdo con la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente (LGEEPA) y el Reglamento en Materia de Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes, las fuentes fijas de jurisdicción federal que generen emisiones tienen la obligación de contar con la LAU.

Además no deben emitir contaminantes a la atmósfera que ocasionen o puedan ocasionar desequilibrio ecológico o daños al ambiente; y deben cumplir con las condicionantes de la Licencia de Funcionamiento y/o Licencia Ambiental Única.

También están obligadas a presentar ante la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) su Cédula de Operación Anual; instalar plataformas y puertos de muestreo; e integrar un inventario de emisiones a la atmósfera.

Otros requisitos son que deberán emplear equipos y sistemas que controlen las emisiones; canalizar sus emisiones a través de ductos o chimeneas de descarga; así como medir sus emisiones; registrar los resultados en el formato que determine la Semarnat; y llevar un monitoreo perimetral de sus emisiones a la atmósfera.

El Programa de Inspección y Vigilancia Industrial de la Profepa tiene como objetivo prevenir y controlar la contaminación ambiental que puedan generar las actividades industriales, para así evitar el deterioro del entorno.

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Laura Álvarez

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