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Adiós a la SFP: 'Y ahora, ¿quién podrá defenderme?'

OPINIÓN: Nada es casualidad, sino producto de que los auditados nombren a sus auditores. Hoy los constructores tienen el problema de que la SFP está muriendo.
mar 22 abril 2014 10:25 AM
Columna Roberto
Columna Roberto - (Foto: .)

Por años escuché a los empresarios de la construcción quejarse amargamente de la Secretaría de la Función Pública (junto con la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos), como la causa y el origen de sus problemas.

Muchos consideraban que la dependencia se involucraba demasiado en sus actividades y causaba un temor paralizante en los servidores públicos, y ciertamente así era, lo que generaba consecuencias funestas en los proyectos.
Sin embargo, hoy las cosas están cambiando, aunque no necesariamente para mejorar. Lo cierto es que la prácticamente desaparecida SFP se revuelca en su lecho de muerte con varios problemas, como el tratar de encontrar espacios para alojar las competencias de temas altamente sensibles como son la normatividad en las contrataciones públicas y las controversias (inconformidades, conciliaciones y sanciones) con sus correspondientes problemas y que, al parecer, se alojarán tanto en la Secretaría de Hacienda como en la no nata Comisión Anticorrupción.

Uno de los problemas que hemos hecho notar, incluso desde organizaciones como ICC México, es la de los órganos internos de control: en una sensible reforma a la ley orgánica de la administración pública federal, el año pasado, se creó la figura de ‘Unidades de Auditoría Preventiva’, cuyo principal aspecto es que sus responsables son prácticamente nombrados por los titulares de la dependencia o entidad correspondiente; en pocas palabras, los auditados nombrarán a sus auditores.

El funesto efecto de esta circunstancia ya se ve. Un ejemplo es la entidad encargada del Servicio Público de Energía Eléctrica, cuyo ‘Organo Interno de Control’ se tarda hasta seis meses en resolver una inconformidad —si bien le va al usuario— convirtiendo su resolución en un efecto neutro ante la irresponsable demora.

Otro efecto negativo es el del contenido de las resoluciones, tal como el del proyecto en el que la entidad señaló en una convocatoria que un requisito ‘X’ era causa de desechamiento, en las juntas de aclaraciones ratificó que dicho requisito ‘X’ era causa de desechamiento, y el OIC resolvió sin dudarlo que no interesaba lo que decía la convocatoria ni la junta de aclaraciones, pues ¡el requisito ‘X’ en realidad no afectaba la solvencia de la propuesta!

Otro caso es el de una empresa a la que la misma entidad le emitió un certificado erróneo;  la misma entidad descalifica a la empresa por el error; se muestra en la inconformidad que la culpa la tiene la entidad y, ¡oh sorpresa!, el OIC resuelve que el error lo tiene la licitante por su ‘negligencia’ al no haberse percatado del error a tiempo.

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Nada es casualidad, sino producto de que los auditados nombren a sus auditores. Hoy los constructores tienen el problema de que la SFP está muriendo. No sabemos cuál es el costo real del deseo cumplido y quién podrá defendernos de entidades que pueden llegar a tener la humana tentación de actuar sin freno ni limitación alguna, atentando contra los intereses de aquellos que requieren justicia administrativa.

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*Socio director de COMAD, SC (Derecho de la construcción).

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Empresas estatales

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